by Admin | octubre 19, 2017 1:15 pm
El 28 de febrero de 2013, el pleno del Ayuntamiento de Leganés aprobó definitivamente la ordenanza reguladora de terrazas de establecimientos de hostelería. Esta ordenanza, que durante su tramitación fue muy debatida, sufrió un gran número de modificaciones con el objetivo de llegar al máximo apoyo posible, y gracias a ese trabajo de consenso y diálogo, obró que esta ordenanza se aprobara sin ningún voto en contra.
Han pasado más de cuatro años desde su aprobación, y a pesar de unas propuestas iniciales por parte del gobierno de PSOE e IU de modificarla, llegando incluso a crear una mesa de trabajo para su estudio, durante todo este tiempo solo se ha reunido dos veces, en febrero y junio de 2016, aparcando su modificación en ese “cajón de estudio” al que nos tiene acostumbrados este equipo de gobierno.
Durante este tiempo muchos hosteleros nos han transmitido su inquietud por que dicha ordenanza se adaptara a la realidad cotidiana y las peticiones de sus clientes de disfrutar de las terrazas por las mañanas. La climatología de nuestro país hace factible y agradable poder disfrutar de las terrazas casi durante todo el año, además de todos es conocido que debido a la llamada “ley antitabaco” es cada vez más común desayunar en las terrazas y en especial después del horario de comienzo de las clases.
En estos momentos la ordenanza municipal indica que la hora de montaje y funcionamiento de las terrazas se iniciará a las 10 horas, horario fijado por la Comunidad de Madrid en su orden 1562/1998 de 23 de octubre y que fue copiada por nuestra ordenanza. En enero de este año, una nueva Orden de la Comunidad de Madrid, la 42/2017, modifica los horarios máximos de todos los establecimientos regulados por la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, permitiendo la instalación y funcionamiento de terrazas en bares, cafeterías y chocolaterías desde las 8 horas.
Por todo lo expuesto el GRUPO MUNICIPAL POPULAR propone al Pleno del Ayuntamiento, para su debate y aprobación, la siguiente propuesta de ACUERDO:
ÚNICO:
Modificación de la ordenanza municipal reguladora de terrazas de establecimientos de hostelería, en su artículo 5º Horarios, en su punto primero, permitiendo la instalación y funcionamiento de las terrazas en bares, cafeterías y chocolaterías desde las 8 horas.
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