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De nuevo, la inoperancia del alcalde, hace incumplir la ley en las empresas municipales

De nuevo, la inoperancia del alcalde, hace incumplir la ley en las empresas municipales

El Alcalde de Leganés se empeña en paralizar la actividad municipal.

  • Pese al ofrecimiento del Partido Popular para cumplir con la legalidad de la formulación de cuentas anuales ante los Consejos de Administración de las Empresas Públicas, LG Medios y Emsule, el Alcalde desconvoca irresponsablemente ambos Consejos de Administración previstos para hoy.
  • La incapacidad del alcalde para tomar decisiones hace peligrar la estabilidad de las Empresas Públicas.

 

Leganés, 31 de marzo de 2016. Ante las divergencias sobre la representatividad de los Partidos en los Consejos de Administración de las Empresas públicas de Leganés, LG Medios y Emsule, el Alcalde, Dº Santiago Llorente, ignora la propuesta del Partido Popular de formular en dichos Consejos de Administración las cuentas anuales de las empresas. Esa formulación consiste tan solo en la presentación de las mismas y no supone votación alguna, pero no deja de ser un requisito legal de obligado cumplimiento cuyo plazo termina justamente hoy.

La propuesta del Partido Popular consistía en que en los Consejos de Administración convocados para hoy se viese el primer punto de los órdenes del día, para su posterior remisión a la Junta General de Accionistas (el Pleno Municipal) para su aprobación:

“1. Formulación de cuentas anuales, memoria, informe de gestión y aplicación de resultados correspondientes al ejercicio 2.015 para su presentación en el registro Mercantil”

 

 

 

El artículo 253 de la Ley de sociedades de capital, en su punto primero establece:

Artículo 253 Formulación

  1. Los administradores de la sociedad están obligados a formular, en el plazo máximo de tres meses contados a partir del cierre del ejercicio social, las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado, así como, en su caso, las cuentas y el informe de gestión consolidados.

Cumplir con este requisito legal no afecta a la representación de ningún Grupo Político, pero si afecta al cumplimiento de la Ley de Sociedades de Capital y al bloqueo de las empresas que se mantienen con una actividad residual.

 

Miguel Angel Recuenco. “El Alcalde está obligado por  Ley a presentar las cuentas ante los Consejos de Administración de las Empresas Públicas antes de 31 de marzo, pero su inoperancia le lleva a no dar cumplimiento a la legislación vigente. La paralización de la ciudad es cada vez más evidente y el Alcalde no se quiere enterar.”


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